Cómo se cuentan los años cotizados para la jubilación
Respuesta rápida
La Seguridad Social cuenta tu cotización en días y, al final, los convierte en años y meses completos. Para esa conversión, cada año vale 365 días y cada mes vale 30,41666 días. Las fracciones sobrantes no se redondean al alza: solo se toman años y meses completos.
Por qué importa contar bien
Los años cotizados determinan dos cosas. La primera es a qué edad puedes jubilarte: con 38 años y 3 meses o más puedes hacerlo a los 65 años en 2026, y con menos, a una edad superior (lo explica la guía sobre la edad de jubilación). La segunda es si llegas al mínimo exigido para cobrar la pensión contributiva, tema de la guía sobre el mínimo de 15 años cotizados. Un mes de diferencia puede cambiar la edad que te corresponde.
La regla de conversión
El proceso tiene tres pasos:
- Se suman todos los días efectivamente cotizados y los que la ley considera cotizados (más abajo).
- En esa suma no se tiene en cuenta la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
- El total de días se transforma en años y meses con estos valores fijos: 1 año = 365 días y 1 mes = 30,41666 días. Solo se toman años y meses completos; una fracción de mes no equivale a un mes.
Un ejemplo de conversión
Supón que a una persona le computan 13.961 días. Treinta y ocho años son 13.870 días (38 × 365), y le sobran 91 días. Como un mes vale 30,41666 días, 91 días equivalen a poco menos de tres meses, es decir, dos meses completos. Tendría, por tanto, 38 años y 2 meses. Para llegar a 38 años y 3 meses necesitaría 13.962 días.
Este cálculo es solo una ilustración de la regla de equivalencia, no un cómputo oficial de ningún caso real.
Periodos que también se tienen en cuenta
Además de los días en los que realmente se cotizó, a efectos de fijar la edad de jubilación se suman:
- Excedencias reguladas en el artículo 46.3 del Estatuto de los Trabajadores (cuidado de hijos y familiares), en los términos del artículo 237 de la Ley General de la Seguridad Social.
- Beneficios por cuidado de hijos o menores acogidos, según la disposición transitoria decimocuarta de la Ley General de la Seguridad Social y el artículo 6 del Real Decreto 1716/2012.
- Periodos asimilados por parto a favor de la trabajadora solicitante, conforme al artículo 235 de la Ley General de la Seguridad Social.
Tiempo parcial y fijos discontinuos
- Contratos a tiempo parcial: se tienen en cuenta los distintos periodos en los que la persona ha estado en alta con un contrato a tiempo parcial, sea cual sea la duración de la jornada de cada uno.
- Fijos discontinuos: se computa todo el periodo en situación de alta con ese contrato y se multiplica por un coeficiente de 1,5. En ningún caso el total de días cotizados en un año puede superar los días naturales de ese año.
Cómo se calcula la edad
Para la edad, los meses se cuentan de fecha a fecha a partir de la fecha de nacimiento. Si en el mes en que se cumple la edad no existe el día equivalente al de nacimiento, se considera que la edad se cumple el último día de ese mes. Por ejemplo, quien nació un 31 de un mes cumple los «meses» exactos el 30 o el 28/29 cuando el mes de destino es más corto.
Cómo saber cuánto llevas cotizado
Tu informe de vida laboral recoge tus periodos de alta, y el simulador de jubilación de la Seguridad Social aplica estas reglas a tu caso concreto. Esta guía explica la mecánica general, pero el cómputo definitivo lo hace siempre la administración.
Esta guía es informativa e independiente y no sustituye la resolución de la administración. Comprueba siempre los datos y requisitos en la fuente oficial antes de decidir o tramitar nada.